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Código del expediente electrónico | OM-RCL |
¿Para qué sirve este expediente? | Traslado de reclamación a la empresa reclamada. |
¿Quién puede solicitarlo / iniciarlo? | Persona física o jurídica ajena a una actividad empresarial o profesional con residencia en la Comunidad Autónoma de La Rioja o que haya utilizado un servicio o adquirido un bien dentro de nuestra comunidad. |
¿Cuándo puedo solicitarlo / iniciarlo? | Plazo de inicio: Dos meses desde la recepción del vehículo reparado o la finalización de la garantía. |
¿Dónde puedo solicitarlo? |
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¿Qué documentos necesito aportar? |
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¿En qué plazo máximo debo recibir una notificación? | El plazo máximo en el que debo recibir la notificación es de 6 meses. |
¿Puedo recibir la notificación de forma electrónica? | Si. Previa y obligatoriamente deberá darse de alta en la Sede Electrónica en el procedimiento OM-RCL. Imprescindible cumplir los requisitos técnicos. |
Si transcurre el plazo máximo y no he recibido notificación alguna ¿Debo entender aceptada o denegada mi petición? ¿En este caso puedo recurrir? |
Denegada. Sí Puede recurrir en la Junta Arbitral de Consumo de su Comunidad Autónoma. |
¿Qué servicio administrativo es responsable de la tramitación de mi solicitud? | OMIC |
Si quiero tener información del estado de la tramitación de mi solicitud ¿qué debo hacer? | 1. Presencialmente, acudiendo a la oficina de atención al ciudadano (OAC, horario en el margen superior derecho). |
¿Tengo que pagar? | No. |
Normativa aplicable |
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Ayuntamiento de Calahorra
Glorieta Quintiliano
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26500
Calahorra
(La Rioja)
Teléfono: 941 105 050
Correo electrónico: ayuntamiento@ayto-calahorra.es