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    • Solicitud de devolución de ingresos por prorrateo
    • Oficina de Atención al Ciudadano (OAC)
    • Validación de documentos

Solicitud de Devolución de Ingresos Indebidos

Descripción

IMPORTANTE: Recuerde que debe tener rellenados los documentos indicados en la pantalla anterior del detalle del trámite y guardados en su ordenador, asi como la documentación complementaria, para adjuntarlos en el apartado "documentación a aportar" de ésta solicitud.

Para qué sirve este expediente

CÓDIGO DEL EXPEDIENTE ELECTRÓNICO: REC

Para solicitar la devolución de:

  • Un ingreso realizado por el obligado tributario cuando se haya producido alguna duplicidad en el pago de deudas tributarias o sanciones (se ha pagado dos veces la misma cantidad).
  • Un ingreso realizado por el obligado tributario cuando la cantidad pagada haya sido superior al importe a ingresar resultante de un acto administrativo o de una autoliquidación (se ha pagado mayor cantidad que la debida).
  • Un ingreso realizado por el obligado tributario cuando se hayan ingresado cantidades correspondientes a deudas o sanciones tributarias después de haber transcurrido los plazos de prescripción.
  • Un ingreso realizado por el obligado tributario cuando así lo establezca la normativa tributaria.
¿Qué servicio administrativo es responsable de la tramitación de mi solicitud?

Gestion Tributaria

Sobre el trámite

¿Quién puede solicitarlo / iniciarlo?

Toda persona (física o jurídica), a nombre de la cual se haya emitido la liquidación, recibo o realizado la autoliquidación que dio lugar al ingreso indebido.

La solicitud puede realizarse a través de representante debidamente autorizado.

¿Cuándo puedo solicitarlo / iniciarlo?

En el plazo de 4 años desde que se realizó el pago indebido.

¿Dónde puedo solicitarlo?

  1. Presencialmente, en la oficina de atención al ciudadano (Horario OAC).
  2. En la sede electrónica del Ayuntamiento de Calahorra. Imprescindible cumplir los requisitos técnicos.

¿Qué documentos necesito aportar?

Solicitud.

  • Copia del/los justificante/s de los pagos realizados.
  • Ficha de terceros junto con copia de la libreta de ahorro o documento de la Entidad Financiera donde consten el titular y el IBAN (número de cuenta). *No será necesario cuando el pago estuviese domiciliado y la devolución deba realizarse en la misma cuenta bancaria.

En caso de actuar mediante representante, se debe aportar, además, copia del documento de identificación del representado y del representante (DNI/NIE/CIF) y cumplimentar el Modelo de Representación.

¿En qué plazo máximo debo recibir una notificación?

El plazo máximo en el que debo recibir notificación es de 6 meses.

¿Puedo recibir la notificación de forma electrónica?

Sí. Previa y obligatoriamente deberá darse de alta en la sede electrónica en el procedimiento REC.

Imprescindible cumplir requisitos técnicos.

Si transcurre el plazo máximo y no he recibido notificación alguna ¿Debo entender aceptada o denegada mi petición? ¿En este caso puedo recurrir?

Denegada.

Si. Puedo interponer recurso de reposición ante el Alcalde.

Si quiero tener información del estado de la tramitación de mi solicitud ¿qué debo hacer?

  1. Presencialmente, acudiendo a la oficina de atención al ciudadano (Horario OAC).
  2. Telefónicamente, llamando a la oficina de atención al ciudadano (Información OAC).

¿Tengo que pagar?

No.

Normativa aplicable

Ley 58/2003 de 17 de Diciembre, General Tributaria.

Ordenanza fiscal municipal aplicable en cada caso.

Nivel de identificación del solicitante
Alto:
Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a Presentar
Documentación a aportar:
Solicitud
Modelo de representación, en su caso
Copia del/los justificante/s de los pagos realizados
Ficha de terceros
Copia libreta de ahorro o documento de la Entidad Financiera donde consten el titular y el IBAN
Otros documentos
La solicitud esta fuera de plazo
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