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Convocatoria de subvención en régimen de concurrencia competitiva para Proyectos de Cooperación al Desarrollo

Descripción

IMPORTANTE: Recuerde que debe tener rellenados los documentos indicados en la pantalla anterior del detalle del trámite y guardados en su ordenador, asi como la documentación complementaria, para adjuntarlos en el apartado "documentación a aportar" de ésta solicitud.

Para qué sirve este expediente

CÓDIGO DEL EXPEDIENTE ELECTRÓNICO: 7/2026/AY-SUB

Este expediente sirve para solicitar y justificar subvenciones a entidades jurídicas (Ongs, congregaciones religiosas, fundaciones y similares) para desarrollar proyectos de cooperación al desarrollo.

Los beneficiarios de subvención deberán justificar a la finalización de los proyectos realizados en el plazo y forma indicada en la convocatoria.

¿Qué servicio administrativo es responsable de la tramitación de mi solicitud?

Servicios Sociales

Sobre el trámite

¿Quién puede solicitarlo / iniciarlo?

Las organizaciones, fundaciones, instituciones o asociaciones solicitantes que deseen acogerse a las subvenciones de la presente convocatoria deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Estar legalmente constituidas e inscritas en el registro de organizaciones no gubernamentales de desarrollo de la agencia española de cooperación internacional al desarrollo.

b) Carecer de fines de lucro.

c) Tener como fin según sus propios estatutos o en sus memorias de actividades de años anteriores, la realización de actividades relacionadas con la cooperación al desarrollo y el fomento de solidaridad entre los pueblos. 

d) Tener sede legal en el territorio de la comunidad autónoma de La Rioja.

e) Tener presencia activa en Calahorra, justificada mediante la presentación de memoria de actividades u otro tipo de documentación que avale la misma. A estos efectos se entenderá por presencia activa cuando se cuente de forma permanente con personal de la entidad, con independencia de que el mismo sea contratado o voluntario. Deberá además acreditarse que la entidad ha realizado actividades públicas relacionadas con la cooperación al desarrollo, el fomento de la solidaridad entre los pueblos, educación para la ciudadanía global en el año natural anterior al de la convocatoria. No entendiendo como actividad la simple aparición esporádica de artículos o entrevistas en medios de comunicación.

f) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de seguridad social.

g) Haber justificado las subvenciones otorgadas en convocatorias anteriores por el ayuntamiento de Calahorra en materia de cooperación al desarrollo.

 

¿Cuándo puedo solicitarlo / iniciarlo?

Para su solicitud: Un mes computable a partir del día siguiente de la fecha de publicación en el BOR. (Del 12 de marzo al 13 de abril de 2026, ambos incluidos)

Para justificación: los beneficiarios de las subvenciones deberán presentar en los tres meses siguientes a la finalización de las actividades realizadas y, hasta el 15 de octubre del 2026. Las actividades deberán están finalizadas a fecha 30 de septiembre del 2026.

 

¿Dónde puedo solicitarlo?

Solicitud telemática a través de la sede electrónica del ayuntamiento de Calahorra.

 

¿Qué documentos necesito aportar?

Para la Solicitud:

a) Solicitud  (Anexo I)

b) Programa de la actividad para la que se solicita subvención. Detalle de las actividades que se van a realizar y para las que se solicita subvención. Deberá contemplar como mínimo los siguientes aspectos (Anexo II)

c) Relación de ingresos y gastos previstos (Anexo III)

c) CIF de la asociación o institución.

d) Certificado de inscripción en el Registro de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo de la Agencia Española de Cooperación al Desarrollo.

e) Documento donde se designe la existencia de delegación permanente en la Comunidad Autónoma de La Rioja y donde figure de forma manifiesta la fecha de constitución.

f) Documento o Declaración jurada dónde conste la presencia activa en Calahorra.

h) Estatutos

 

Para la Justificación:

  • Solicitud de Justificación de la subvención concedida (Anexo IV)
  • Memoria detallada de la actividad subvencionada justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y resultados obtenidos (máx. 30 páginas) (Anexo V)
  • Justificación documental de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 24 del RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, cuando la subvención concedida supere los 3000 euros.
  • Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago. En caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un presupuesto, se indicarán las desviaciones acaecidas. (Anexo VI).
  • Facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, originales o fotocopias compulsadas, de los gastos realizados.
  • A estos efectos se entenderán como gastos realizados los que aparezcan en la relación a que se refiere el punto anterior, aunque no haya sido pagado al momento de presentar la cuenta justificativa.
  • Ficha de alta de terceros (Anexo VII)

 

¿En qué plazo máximo debo recibir una notificación?

La notificación de la resolución de concesión deberá realizarse en el plazo máximo de tres meses a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

 

¿Puedo recibir la notificación de forma electrónica?

La notificación se efectuará de forma electrónica.

 

Si transcurre el plazo máximo y no he recibido notificación alguna ¿Debo entender aceptada o denegada mi petición? ¿En este caso puedo recurrir?

De no producirse notificación de la resolución exprés en el plazo previstos en las bases, la solicitud se entenderá desestimada.

Contra el acuerdo de aprobación de la presente convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, potestativamente podrá interponer recurso de reposición ante el pleno de la corporación en el plazo de un mes, contando a partir del día siguiente al de la publicación de la misma en el bor, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 123,124 y concordantes, de la ley 39/2015 de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

Si quiero tener información del estado de la tramitación de mi solicitud ¿qué debo hacer?

-  A través de la sede electrónica de la web municipal https://sede.calahorra.es

En el área municipal de servicios sociales (941 105072)

 

¿Tengo que pagar?

No

 

Normativa aplicable

  • Bases Reguladoras de la convocatoria
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre , General de subvenciones
  • Real Decreto 887/2006, de 21 de julio
  • Bases de ejecución del presupuesto municipal de 2026.
  • Ley de régimen local reguladora de subvenciones públicas y de procedimiento administrativo.
Nivel de identificación del solicitante
Alto:
Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a Presentar
Documentación a aportar
Solicitud (Anexo I)
Programa de la actividad (Anexo II)
Relación de ingresos y gastos previstos (Anexo III)
CIF de la Asociación o Institución
Inscripción en Registro de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo de la Agencia Española de Cooperación al Desarrollo
Delegación permanente en CA de La Rioja y donde figure la fecha de constitución
Declaración jurada donde conste la presencia activa en Calahorra
Estatutos
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