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    • Validación de documentos

Solicitud de devolución de ingresos por prorrateo

Descripción

IMPORTANTE: Recuerde que debe tener rellenados los documentos indicados en la pantalla anterior del detalle del trámite y guardados en su ordenador, asi como la documentación complementaria, para adjuntarlos en el apartado "documentación a aportar" de ésta solicitud.

Para qué sirve este expediente

CÓDIGO DEL EXPEDIENTE ELECTRÓNICO: REC

Para solicitar la devolución de la parte proporcional del impuesto o tasa pagados en los casos de baja definitiva de vehículo, vado o basura (salvo que la baja se produzca dentro del ultimo trimestre en el caso de vehículos o vados y dentro del último cuatrimestre en el caso de basuras).

¿Qué servicio administrativo es responsable de la tramitación de mi solicitud?

Gestión Tributaria

Sobre el trámite

¿Quién puede solicitarlo / iniciarlo?

El titular del recibo.

Representante del titular del recibo debidamente autorizado.

¿Cuándo puedo solicitarlo / iniciarlo?

En el caso del impuesto de vehículos, dentro de los 4 años siguientes a la realización del pago.

En el caso de la tasa de basura, dentro del año en curso correspondiente a la fecha de la baja.

¿Dónde puedo solicitarlo?

Presencialmente: En la Oficina de atención al Ciudadano (Horario OAC).

En la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Calahorra . Imprescindible cumplir los requisitos técnicos.

¿Qué documentos necesito aportar?

Solicitud.

  • Documento de baja definitiva en tráfico o justificante de entrega de vehículo en centro autorizado de tratamiento de vehículos (en caso de vehículos).

Ficha de terceros junto con copia de la libreta de ahorro o documento de la Entidad Financiera donde consten el titular y el IBAN (número de cuenta). *No será necesario cuando el pago estuviese domiciliado y la devolución deba realizarse en la misma cuenta bancaria.

En caso de actuar mediante representante, se debe aportar, además, copia del documento de identificación del representado y del representante (DNI/NIE/CIF) y cumplimentar el modelo de representación.

¿En qué plazo máximo debo recibir una notificación?

El plazo máximo en el que debo recibir notificación es de 6 meses.

¿Puedo recibir la notificación de forma electrónica?

Si. Previa y obligatoriamente deberá darse de alta en la Sede electrónica en el procedimiento REC. Imprescindible cumplir los requisitos técnicos.

Si transcurre el plazo máximo y no he recibido notificación alguna ¿Debo entender aceptada o denegada mi petición? ¿En este caso puedo recurrir?

Denegada.

Sí. Puedo interponer recurso de reposición ante el Alcalde.

Si quiero tener información del estado de la tramitación de mi solicitud ¿qué debo hacer?

  1. Presencialmente, acudiendo a la oficina de atención al ciudadano (Horario OAC).
  2. Telefónicamente, llamado a la oficina de atención al ciudadano (Información OAC)

¿Tengo que pagar?

No

Normativa aplicable

Ley 58/2003 General Tributaria.

Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica

Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por la utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local por la entrada de vehículos a través de las aceras y reservas de aparcamiento (vados)

Nivel de identificación del solicitante
Alto:
Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a Presentar
Documentación a aportar:
Acreditación de representación
Documento de baja del vehículo en tráfico
Justificante de entrega de vehículo en centro autorizado de tratamiento de vehículos
Ficha de terceros
Copia libreta de ahorro o documento de la Entidad Financiera donde consten el titular y el IBAN
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