¿Quién puede solicitarlo / iniciarlo?
Los/las titulares de los recibos y sus representantes.
¿Cuándo puedo solicitarlo / iniciarlo?
Las solicitudes de cambio de domiciliación bancaria del Sistema Especial de Pagos se aplicarán a las cuotas que se giren con posterioridad a la solicitud salvo que ésta tenga lugar entre el día 1 y el 5 (si fuera inhábil, el inmediato hábil siguiente) del mismo mes en el que deba girarse la cuota, en cuyo caso se aplicará a la cuota del mes siguiente.
¿Dónde puedo solicitarlo?
Presencialmente: En la oficina de atención al ciudadano (Horario OAC).
En la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Calahorra, imprescindible cumplir los requisitos técnicos.
¿Qué documentos necesito aportar?
Si la solicitud la realiza el titular, deberá aportar:
- Copia de la libreta de ahorro o documento de la entidad financiera donde consten el titular y el IBAN (número de cuenta).
- Copia del DNI si la solicitud es presencial
En caso de realizar la solicitud mediante representante deberá aportarse:
- Copia de los documentos de identificación del representante y del representado.
*El documento de autorización debe ser firmado por representante y representado y deberá aportarse copia de los Documentos de identificación de ambos.
¿En qué plazo máximo debo recibir una notificación?
Con carácter general, al ser un proceso de inscripción directo, no se va a realizar notificación. Se entenderá modificada la domiciliación con la realización del trámite.
¿Tengo que pagar?
No
Normativa aplicable
- Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria
- Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ordenanza Fiscal Reguladora del Sistema Especial de Pagos o pago a la carta del Ayuntamiento de Calahorra