¿Quién puede solicitarlo / iniciarlo?
Toda persona mayor de edad.
¿Cuándo puedo solicitarlo / iniciarlo?
Con anterioridad al comienzo de la ejecución de las obras.
¿Dónde puedo solicitarlo?
- Presencialmente, acudiendo a la oficina de atención al ciudadano (Horario OAC).
- En la sede electrónica del Ayuntamiento de Calahorra. Imprescindible cumplir los requisitos técnicos.
¿Qué documentos necesito aportar?
Con carácter general:
Solicitud
- Descripción de la obra escrita y gráficamente con extensión de la misma (plano o croquis de ubicación con referencias de distancias a fachadas, bordillo y mobiliario urbano afectado).
- Documento con el presupuesto detallado de la obra.
- Justificante de pago de la tasa e impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras (ICIO) correspondiente, autoliquidada y abonada previamente a la presentación de la solicitud.
- Justificante del depósito de la fianza que se fije según actuación:
- Artículo 89. Garantías en actuaciones deurbanización. Apartado 2
- Obrasordinarias de urbanización y actuaciones puntuales en la vía pública. Cuando setrate de obras de iniciativa privada, deberá constituirse una fianzaequivalente al 100% del coste de reposición de la urbanización. Este coste seestablecerá en base al presupuesto presentado por el promotor y como mínimo ala siguiente fórmula:
- P=Svx 0,75 x M
- DondeP es el presupuesto en ?; Sv la superficie del viario en m²; M el módulo vigente del Colegio de Arquitectosde La Rioja.
Cuando afecte a la red de abastecimiento de agua potable y saneamiento:
- Justificante de solicitud previa al Servicio Municipal de Aguas (AQUALIA).
Observaciones:
- Una vez finalizada la obra para la que se ha solicitado la licencia de las obras definidas en la misma, se deberá comunicar al Ayuntamiento la finalización de las mismas. En el plazo máximo de 2 años.
¿En qué plazo máximo debo recibir una notificación?
Las actuaciones descritas no están sujetas a licencia, por lo que la presentación de la comunicación previa habilita al interesado para la ejecución de la obra menor solicitada, sin perjuicio de la inspección y control posterior que se realizará por el Ayuntamiento.
Si quiero tener información del estado de la tramitación de mi solicitud ¿qué debo hacer?
- Presencialmente, acudiendo a la oficina de atención al ciudadano (Horario OAC).
- Telefónicamente llamando a la oficina de atención al ciudadano (Información OAC).
¿Tengo que pagar?
Si. Tiene que pagar por tres conceptos:
- Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras (ICIO) con carácter general 3% del presupuesto de la obra (consultar bonificaciones)
- Tasa por licencias urbanísticas.
- Depósito de fianza. (Manual autoliquidación fianzas)
Respecto a las bonificaciones deberá solicitar la devolución, que le puede corresponder al finalizar la obra, presentando la solicitud de devolución bonificación impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.
Normativa aplicable
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local.
Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común.
Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.
Ley 5/2006, de 2 de mayo, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja.
Plan General Municipal de Calahorra
Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por el otorgamiento de licencias urbanísticas y otras.