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Modelo 1500. Comunicación previa de Obra Menor sin Dirección Facultativa (rótulo, anuncio, vallado, toldo, mantenimiento y pequeñas reparaciones)

IMPORTANTE: Recuerde que debe tener rellenados los documentos indicados en la pantalla anterior del detalle del trámite y guardados en su ordenador, asi como la documentación complementaria, para adjuntarlos en el apartado "documentación a aportar" de ésta solicitud.


AQUI DISPONE DE UN MANUAL PARA REALIZAR LA AUTOLIQUIDACION Y EL PAGO DE LA MISMA


ES OBLIGATORIO REALIZAR LA AUTOLIQUIDACION Y EL PAGO AQUI PREVIO A PRESENTAR ESTA SOLICITUD, YA QUE DEBERA APORTAR EL JUSTIFICANTE DE PAGO A LA MISMA.


Finalidad

CÓDIGO DE EXPEDIENTE ELECTRÓNICO: UR-CPR
Este expediente sirve para la ejecución de las obras menores incluidas en el artículo 178.1 de la Normativa Urbanística.

Serán comunicadas las obras menores sin dirección facultativa, siendo todas aquellas que, por razón de su sencillez técnica y escasa entidad constructiva y económica, puedan ser consideradas como tales consistentes en pequeños arreglos o pequeñas obras de simple reparación, decoración, ornato o cerramiento, que no precisen de proyecto técnico y que se encuentren comprendidas en las que se citan. En ningún caso, las obras menores supondrán alteración de volumen o superficie construida, reestructuración, modificación sustancial de elementos arquitectónicos o comunes de un inmueble, del número de viviendas o locales que fueron autorizados por la licencia originaria del edificio, ni afectarán a la estructura (pilares, vigas, etc...), o al diseño exterior, ni mermarán las condiciones de habitabilidad o seguridad en el edificio o instalación, ni afecten a elementos protegidos en edificios catalogados:

a) Colocación de rótulos, banderas y anuncios luminosos
b) Colocación de anuncios, excepto los situados sobre la cubierta de los edificios
c) Colocación de los postes, se incluyen vallados mediante postes anclados directamente al terreno sin zócalo con alambrada, excepto de espino.
d) Colocación de toldos
e) Trabajos de nivelación que no alteren en más de un metro las cotas naturales del terreno, cuando no afecten a vías o cauces públicos
f) Construcción o instalación de barracones o casetas de obra
g) Reparación de cubiertas o azoteas que no afecten a la estructura (retejado)
h) Pintura, estuco y reparación de fachadas de edificios no incluidos en catálogos de interés histórico artístico o sin ordenanza especial (salvo casos del art. 120.9 y 127.6)
i) Colocación de puertas y persianas en aberturas
j) Colocación de rejas
k) Construcción reparación o sustitución de tuberías de instalaciones, desagües y albañales
l) Reformas de baños
m) Pintura de patios y medianeras que no den a la vía pública y no precisen andamio
n) Blanqueo, empapelado, pintura y estuco de habitaciones, escaleras y portales
o) Reparación y sustitución de solados
p) Demolición y construcción de tabiques o mostradores, que no modifiquen sustancialmente el uso ni actividad de vivienda, al nº de viviendas, ni a las condiciones de habitabilidad
q) Colocación de escayolas y chapados
r) Sondeos y prospecciones en terrenos de dominio privado
s) Derribo de cubiertas provisionales de una planta y de menos de 50 m² de superficie

Quien lo puede presentar

¿Quién puede solicitarlo / iniciarlo?

Toda persona mayor de edad.

¿Cuándo puedo solicitarlo / iniciarlo?

Con anterioridad al comienzo de la ejecución de las obras.

¿Dónde puedo solicitarlo?

  • Presencialmente acudiendo a la oficina de atención al ciudadano (Horario OAC)
  • En la sede electrónica del Ayuntamiento de Calahorra. Imprescindible cumplir los requisitos técnicos.

¿Qué documentos necesito aportar?

Con carácter general:

  • Solicitud
  • Descripción de la obra escrita y/o gráficamente con extensión de la misma.
  • Documento con el presupuesto detallado de la obra.
  • Justificante del pago de la Tasa e impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras (ICIO) correspondiente, autoliquidada y abonada previamente a la presentación de la solicitud
  • Fotografías del estado anterior a la ejecución de la obra

Cuando afecte a la Red de abastecimiento de agua potable y saneamiento:

  • Justificante de solicitud previa al Servicio Municipal de Aguas (AQUALIA).

Observaciones:

  • Las obras, inicialmente consideradas como menores, pero cuya intensidad o escala aumente, a juicio del Ayuntamiento, se considerarán como obras de reforma o nueva planta. Igualmente se dará esta consideración a las obras menores acumuladas o sucesivas sobre una misma edificación.
  • Una vez finalizada la obra para la que se ha solicitado la licencia de las obras definidas en la misma, se deberá comunicar al Ayuntamiento la finalización de las mismas. En el plazo máximo de 2 años.
  • En el caso de que se vaya a solicitar Ayudas para el Plan Color se incorporará el anexo incluyendo una separata del presupuesto general presentado, detallando las obras de recuperación de fachadas a realizar y recogiendo exclusivamente las obras acogidas al Plan Color.

¿En qué plazo máximo debo recibir una notificación?

Las actuaciones descritas no están sujetas a licencia, por lo que la presentación de comunicación previa habilita al interesado para la ejecución de la obra menor solicitada, sin perjuicio de la inspección y control posterior que se realizará por el Ayuntamiento.


¿Tengo que pagar?
Si. Tiene que pagar por dos conceptos:

  1. Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras (ICIO) con carácter general 3% del presupuesto de la obra (consultar bonificaciones)
  2. Tasa por licencias urbanísticas.

Respecto a las bonificaciones deberá solicitar la devolución, que le puede corresponder al finalizar la obra, presentando la solicitud de devolución bonificación impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.

Normativa aplicable

Ley 7/1985, de 2 de Abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común.

Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.

Ley 5/2006, de 2 de Mayo, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja.

Plan General Municipal de Calahorra

Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por el otorgamiento de licencias urbanísticas y otras.

Órgano gestor

Urbanismo

Efecto del silencio administrativo

No procede

Nivel de identificación del solicitante

Documentación a aportar

Comunicación Previa Obra Menor sin Direccion Facultativa
Solicitud 1500
Descripción detallada de la obra escrita y/o gráficamente con extensión de la misma
Documento con el presupuesto detallado de la obra (incluyendo materiales y mano de obra)
Justificante del pago de la Tasa e ICIO correspondiente, autoliquidacion y abonada previamente a la presentación de la solicitud
Fotografías del estado anterior a la ejecución de la obra
Autorizaciones normativa sectorial
Documentación acreditativa de la representación
Otros documentos
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