¿Quién puede solicitarlo / iniciarlo?
Jóvenes que cumplan 18 años en 2025 y estén empadronados en Calahorra.
¿Cuándo puedo solicitarlo / iniciarlo?
Desde su publicación en el BOR, y hasta el 1 de septiembre de 2025.
¿Dónde puedo solicitarlo?
- Presencialmente, acudiendo a la oficina de atención al ciudadano (Horario OAC).
- En la sede electrónica del Ayuntamiento de Calahorra (24 horas todos los días del año, dentro del plazo), imprescindible cumplir los requisitos técnicos.
¿Qué documentos necesito aportar?
Solicitud.
¿En qué plazo máximo debo recibir una notificación?
15 días tras recibir la solicitud. Junto con la contestación, si es positiva se remitirá el bono.
¿Puedo recibir la notificación de forma electrónica?
Si. Para ello previa y obligatoriamente deberá darse de alta en la sede electrónica en el procedimiento CU-BCU.
Imprescindible cumplir los siguientes requisitos técnicos
Si transcurre el plazo máximo y no he recibido notificación alguna ¿Debo entender aceptada o denegada mi petición?
Denegada.
¿En este caso puedo recurrir?
Si
¿En que plazo puedo consumir el bono?
Hasta el 30 de octubre de 2025.
Si quiero tener información del estado de la tramitación de mi solicitud ¿qué debo hacer?
- Presencialmente, acudiendo a la oficina de atención al ciudadano (Horario OAC).
- Telefónicamente llamando al servicio de cultura (941 10 50 58).
¿Tengo que pagar?
No.
Normativa aplicable
En lo no previsto en esta convocatoria será de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. Las bases de ejecución del Presupuesto de 2025, y resto de legislación de Régimen Local reguladora de subvenciones públicas y de procedimiento administrativo.
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