¿Quién puede solicitarlo/iniciarlo?
Podrán tomar parte en este concurso de méritos generales, es necesario que los aspirantes cumplan las siguientes condiciones:
a) Ser funcionario/a de carrera de la Plantilla del Excmo. Ayuntamiento de Calahorra.
b) Estar en situación de servicio activo o en cualquier otra situación administrativa, excepto la de suspensión firme.
c) Haber permanecido como mínimo dos años en su actual puesto definitivo de trabajo hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de las instancias, salvo las excepciones que contempla la ley.
Los funcionarios en excedencia voluntaria por interés particular sólo podrán concursar si llevan más de dos años en dicha situación, y existe vacante presupuestaria en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.
Los empleados en situación de servicios especiales y excedencia para el cuidado de familiares, durante el transcurso de su situación, sólo podrán participar si en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias han transcurrido dos años desde la toma de posesión del último destino definitivo obtenido.
d) Ser titular de puesto perteneciente al Grupo A, Subgrupo A1, a que se refiere el art. 76 del R.D. Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del EBEP, de la Escala de Administración General, Subescala Técnica.
¿Cuándo puedo solicitarlo/iniciarlo?
En el plazo de 15 días hábiles contados desde el siguiente a la publicación de las bases en el Boletín Oficial de La Rioja.
Fin del plazo: 30 de julio de 2025
¿Dónde puedo solicitarlo?
En la sede electrónica del Ayuntamiento de Calahorra. Imprescindible cumplir los siguientes requisitos técnicos.
¿Qué documentos necesito aportar?
Solicitud e indicación de los méritos que pretenden hacer valer y los documentos acreditativos de los méritos alegados.
No se valorarán méritos no relacionados en la solicitud y/o no acreditados documentalmente en este momento de solicitud. Los méritos relativos a la relación de trabajo con el Ayuntamiento de Calahorra, se documentarán de oficio por el Área de Personal del Ayuntamiento si así lo solicitan los aspirantes, de manera que estos méritos no han de aportarse pero sí que deberán imprescindiblemente haber sido invocados y relacionados en la solicitud.
Como la presentación es electrónica habrán de ser presentados en formato PDF, tal como indica la propia instrucción del procedimiento electrónico.
¿En qué plazo máximo debo recibir una notificación?
No se va a practicar notificación personal, la publicación de la lista de admitidos y excluidos y el resto de publicaciones del proceso operan como notificación, tal como indican las bases.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldesa-Presidenta dictará Resolución declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. Dicha relación se publicará en el Tablón de Edictos de la Casa Consistorial, indicará el plazo de subsanación de errores de 10 días hábiles a los concursantes excluidos, y determinará la composición de la Comisión de Valoración y el lugar, fecha y hora de comienzo de la actuación de la Comisión de Valoración.
¿Puedo recibir la notificación de forma electrónica?
No, las publicaciones tendrán lugar en el Tablón de Anuncios Electrónico del Ayuntamiento, conforme se establece en las Bases.
Si transcurre el plazo máximo y no he recibido notificación alguna. ¿Debo entender aceptada o denegada mi petición? ¿En este caso puedo recurrir?
El concurso deberá resolverse en el plazo máximo de tres meses a contar desde el siguiente a la finalización del plazo de presentación de instancias. Transcurrido ese plazo sin dictarse resolución expresa, se podrán entender desestimadas las solicitudes de participación presentadas.
Si quiero tener información del estado de la tramitación de mi solicitud ¿Que debo hacer?
Tras la publicación de las Bases en el Boletín Oficial de La Rioja (BOR), todas las siguientes publicaciones se publicarán en el Tablón de anuncios.
La información sobre el estado del procedimiento se la puede proporcionar en cualquier momento la OAC o puede verlo directamente en la Sede Electrónica, apartado “Publicaciones Oficiales”, “Oferta Pública de Empleo”.
¿Tengo que pagar?
No
Normativa aplicable
- Bases de la Convocatoria aprobadas por Acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 10 de junio de 2025, publicadas en el BOR núm. 130 de 9 de julio de 2025
- la Ley 7/85 de 2 de abril, R.D.L. 781/86 de 18 de abril.
Ley 9/2023, de 5 de mayo, de Función Pública de La Comunidad Autónoma de La Rioja; R.D. 896/91 de 7 de junio, supletoriamente el R.D. 364/95 de 10 de marzo y cualquier otra norma de legal y pertinente aplicación.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
- Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado.