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Solicitud de Bonificación de IAE (Impuesto sobre Actividades Económicas)

IMPORTANTE: Recuerde que debe tener rellenados los documentos indicados en la pantalla anterior del detalle del trámite y guardados en su ordenador, asi como la documentación complementaria, para adjuntarlos en el apartado "documentación a aportar" de ésta solicitud.


Finalidad

CÓDIGO DEL EXPEDIENTE ELECTRÓNICO: GT-BFI

Para solicitar el reconocimiento de las exenciones o bonificaciones previstas en la normativa. Las bonificaciones previstas en la Ordenanza son las siguientes:

1º.- Bonificación del 50% en la cuota correspondiente para quienes inicien el ejercicio de cualquier actividad empresarial y tributen por cuota municipal, previa solicitud, durante los tres años de actividad siguientes a la conclusión del segundo período impositivo de desarrollo de aquella.

2º.- Bonificación del 30% en la cuota correspondiente al ejercicio de su aplicación y limitada a tal ejercicio por creación de empleo de aquellos sujetos pasivos que tributen por cuota municipal y a partir del tercer ejercicio de su actividad en Calahorra, incluido éste, haya incrementado el promedio de su plantilla de trabajadores con contrato indefinido durante el período impositivo inmediato anterior a la de la aplicación de la bonificación. Esta bonificación tiene carácter rogado y deberá solicitarse en los dos primeros meses del ejercicio de su aplicación, acompañada de la documentación acreditativa del incremento de la plantilla.

3º.- Bonificación del 15% de la cuota correspondiente al ejercicio de su aplicación y limitada a tal ejercicio los sujetos pasivos que, tributando por cuota municipal, obtengan rentas o rendimientos netos de la actividad económica negativos. Esta bonificación tiene carácter rogado, y se solicitará dentro del mes siguiente al de finalización del plazo de presentación de la declaración del Impuesto de Sociedades, cuya copia se adjuntará a la solicitud.

Quien lo puede presentar

¿Quién puede solicitarlo / iniciarlo?

Los sujetos pasivos, a título de contribuyentes, las personas naturales y jurídicas, y las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria que ostenten la titularidad del derecho, que en su caso, sea constitutivo del hecho imponible de este impuesto.

¿Cuándo puedo solicitarlo / iniciarlo?
En cualquier momento.

¿Dónde puedo solicitarlo?

  1. Presencialmente, acudiendo a la oficina de atención al ciudadano (Horario OAC).
  2. En la sede electrónica del Ayuntamiento de Calahorra, imprescindible cumplir los requisitos técnicos.

¿Qué documentos necesito aportar?

Solicitud.

  • Copia del DNI/NIE/CIF.
  • Documento acreditativo del incremento de plantilla producido, es decir, los TC2 del año que dé lugar a la bonificación y del inmediato anterior a éste.
  • Copia de la presentación de la declaración del Impuesto de Sociedades.

En caso de actuar mediante representante, se debe aportar, además, copia del documento de identificación del representado y del representante (DNI/NIE/CIF) y cumplimentar el modelo de representación.

¿En qué plazo máximo debo recibir una notificación?

El plazo máximo para recibir notificación es de 6 meses.

¿Puedo recibir la notificación de forma electrónica?

Sí. Previa y obligatoriamente deberá darse de alta en la Sede electrónica en el procedimiento GT-BFI. Imprescindible cumplir los requisitos técnicos.

Si transcurre el plazo máximo y no he recibido notificación alguna ¿Debo entender aceptada o denegada mi petición? ¿En este caso puedo recurrir?

Denegada.

Sí. Puede interponer recurso de reposición ante el Alcalde.

Si quiero tener información del estado de la tramitación de mi solicitud ¿qué debo hacer?

  1. Presencialmente, acudiendo a la oficina de atención al ciudadano (Horario OAC).
  2. Telefónicamente, llamando a la oficina de atención al ciudadano (Información OAC).

¿Tengo que pagar?

No.

Normativa aplicable

Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Actividades Económicas.

Órgano gestor

Gestion Tributaria

Efecto del silencio administrativo

No procede

Nivel de identificación del solicitante

Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica

Documentación a aportar

Documentación a aportar:
Solicitud
Copia del DNI/NIE/CIF
Documento acreditativo del incremento de plantilla producido
Copia de la presentación de la declaración del Impuesto de Sociedades
Modelo de representación, en su caso
Copia del DNI/NIE/CIF del representante, en su caso
Otros documentos
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