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Convocatoria de subvención en régimen de concurrencia competitiva para el desarrollo de proyectos destinados a favorecer la convivencia social e intercultural 2025

IMPORTANTE: Recuerde que debe tener rellenados los documentos indicados en la pantalla anterior del detalle del trámite y guardados en su ordenador, asi como la documentación complementaria, para adjuntarlos en el apartado "documentación a aportar" de ésta solicitud.


Finalidad

CÓDIGO DE EXPEDIENTE ELECTRÓNICO: 1/2025/AY-SUB

Concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro de Calahorra para que desarrollen proyectos dirigidos a complementar las competencias y actividades municipales según las prioridades incluidas en el Plan Municipal de Convivencia.

Los beneficiarios de subvención deberán justificar a la finalización de las actividades realizadas en el plazo y forma indicada en la convocatoria.

Quien lo puede presentar

¿Quién puede solicitarlo / iniciarlo?

  1. Las entidades y asociaciones sin fines de lucro, inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Calahorra que realicen actividades que favorezcan la convivencia social e intercultural municipal.
  2. El Consejo de la Juventud Comarcal de Calahorra.
  3. No podrán acceder a esta convocatoria aquellos organismos, entidades de derecho público, las universidades, los partidos políticos, los colegios profesionales u otras entidades con análogos fines y de similar naturaleza.
  4. No podrán acceder a esta convocatoria aquellos organismos, entidades de derecho público, las universidades, los partidos políticos, los colegios profesionales u otras entidades con análogos fines y de similar naturaleza.

¿Cuándo puedo solicitarlo / iniciarlo?

Un mes computable a partir del día siguiente de la fecha de publicación en el BOR. El plazo de presentar solicitudes es desde el 1 de abril al 1 de mayo.

Los beneficiarios de las subvenciones deberán presentar en los tres meses siguientes a la finalización de las actividades realizadas su justificación, antes del 15/11/2025.


¿Dónde puedo solicitarlo?

Solicitud telemática a través de la sede electrónica del ayuntamiento de Calahorra  https://sede.calahorra.es/ 

 

¿Qué documentos necesito aportar?

Para presentar la Solicitud de Subvención

  • Solicitud de subvención (anexo I)
  • Programa de actividades (Anexo II)
  • C.I.F de la Asociación o institución

  • Declaración Responsable (anexo II), firmada por quien tenga facultades para ello.
  • Compromiso, en declaración responsable, del peticionario de cubrir la diferencia entre el coste de las actividades que se subvencionan y la cantidad que, en su caso, se conceda.

 

Para presentar la Justificación de la Subvención:

 

¿En qué plazo máximo debo recibir una notificación?

La notificación de la resolución de concesión deberá realizarse en el plazo máximo de un mes a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

 

¿Puedo recibir la notificación de forma electrónica?

La notificación se efectuará de forma electrónica.

 

Si transcurre el plazo máximo y no he recibido notificación alguna ¿Debo entender aceptada o denegada mi petición?
¿En este caso puedo recurrir?

De no producirse notificación de la resolución expresa en el plazo previsto en las bases, la solicitud se entenderá desestimada.

Contra el acuerdo de aprobación de la presente convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, potestativamente podrá interponer recurso de reposición ante el pleno de la corporación en el plazo de un mes, contando a partir del día siguiente al de la publicación de la misma en el BOR, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 123 ,124 y concordantes, de la ley 39/2015  de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común en las administraciones públicas.

 

Si quiero tener información del estado de la tramitación de mi solicitud ¿qué debo hacer?

A través de la sede electrónica de la web municipal https://sede.calahorra.es

En el área municipal de servicios sociales (941 105072)


¿Tengo que pagar?

No, es gratuito

 

Normativa aplicable

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y su reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, las bases de ejecución del presupuesto municipal de 2017, y el resto de régimen local reguladoras de subvenciones públicas y procedimiento administrativo.

Plazos de presentación

01/04/2025 00:01:00  -  02/05/2025 23:59:00

Órgano gestor

Área municipal de Servicios Sociales

Efecto del silencio administrativo

No procede

Nivel de identificación del solicitante

Documentación a aportar

Documentación a aportar
Solicitud
Programa de actividades (Anexo II)
CIF de la Asociación o Institución
Declaración responsable (Anexo III)
Compromiso, en declaración responsable
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