¿Quién puede solicitarlo / iniciarlo?
- Las entidades y asociaciones sin fines de lucro, inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Calahorra o en el de la comunidad autónoma de la Rioja pero que realicen actividades en Calahorra que realicen proyectos destinados a conseguir la igualdad entre mujeres y hombres y eliminar desigualdades por razones de género o prevenir la violencia de género.
- El Consejo de la Juventud Comarcal de Calahorra.
- No podrán acceder a esta convocatoria aquellos organismos, entidades de derecho público, las universidades, los partidos políticos, los colegios profesionales u otras entidades con análogos fines y de similar naturaleza.
- No podrán acceder a esta convocatoria aquellos organismos, entidades de derecho público, las universidades, los partidos políticos, los colegios profesionales u otras entidades con análogos fines y de similar naturaleza.
¿Cuándo puedo solicitarlo / iniciarlo?
Un mes computable a partir del día siguiente de la fecha de publicación en el BOR.
Los beneficiarios de las subvenciones deberán presentar en los tres meses siguientes a la finalización de las actividades realizadas su justificación, antes del 30/11/2025.
¿Dónde puedo solicitarlo?
En la sede electrónica del Ayuntamiento de Calahorra, (24 horas todos los días del año, dentro del plazo), imprescindible cumplir los siguientes requisitos técnicos
¿Qué documentos necesito aportar?
Para presentar la Solicitud de Subvención:
Solicitud de subvención (Anexo I)
Memoria de la actividad con presupuesto detallado de gastos necesarios y de ingresos previstos (Anexo II)
Declaración responsable (Anexo III), firmada por el/la Secretaria/o de la asociación.
-
Compromiso, en declaración responsable, de no haber recibido ninguna otra ayuda o subvención por la misma actividad.
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Compromiso, del peticionario de cubrir la diferencia entre el coste de las actividades que se subvencionan y la cantidad que, en su caso, se conceda.
Para presentar la Justificación de la Subvención:
Solicitud de Justificación de Subvención concedida.
Memoria Técnica detallada para la justificación del proyecto subvencionado (Anexo V)
- Declaración firmada por el secretario de la Asociación de que la actividad subvencionada se ha realizado, con expresión de su coste.
- Justificación documental de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 24 del RD 887/2006 de 21 de julio por el que se aprueba el reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
Relación numerada de las facturas y justificantes de gastos (Anexo VI)
- Facturas y demás documentos de valora probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, originales o fotocopias compulsadas, de los gastos realizados.
- Relación de gastos de personal contratado, acompañado de nóminas y documentos TC1 Y TC2, de Seguridad Social, así como Modelos 111 y 190 de Retención e Ingresos a Cuenta del I.R.P.F.
Relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada, con indicación de importe y procedencia. Así como declaración responsable de no estar incurso en prohibición para ser beneficiario de subvención (Anexo VII)
¿En qué plazo máximo debo recibir una notificación?
La notificación de la resolución de concesión deberá realizarse en el plazo máximo de tres meses a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
¿Puedo recibir la notificación de forma electrónica?
El ayuntamiento de Calahorra publicará en la base Nacional de Subvenciones (BNDS) las subvenciones concedidas, así como en el portal de Transparencia del Ayuntamiento de Calahorra.
Si transcurre el plazo máximo y no he recibido notificación alguna ¿Debo entender aceptada o denegada mi petición? ¿En este caso puedo recurrir?
De no producirse notificación de la resolución expresa en el plazo previsto en las bases, la solicitud se entenderá desestimada.
Contra el acuerdo de aprobación de la presente convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, potestativamente podrá interponer recurso de reposición ante el pleno de la corporación en el plazo de un mes, contando a partir del día siguiente al de la publicación de la misma en el BOR, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 123 ,124 y concordantes, de la ley 39/2015 de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común en las administraciones públicas.
Si quiero tener información del estado de la tramitación de mi solicitud ¿qué debo hacer?
A través de la sede electrónica de la web municipal https://sede.calahorra.es
En el área municipal de servicios sociales (941 105072)
¿Tengo que pagar?
No
Normativa aplicable
Ley 38/2003, de 17 de noviembre , General de subvenciones y su reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, las bases de ejecución del presupuesto municipal de 2025, y el resto de régimen local reguladoras de subvenciones públicas y procedimiento administrativo.