¿Quién puede solicitarlo / iniciarlo?
Podrán solicitar subvención todas aquellas asociaciones, clubes, entidades e instituciones deportivas sin ánimo de lucro, legalmente constituidas, que estén inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Calahorra y de entidades deportivas del Gobierno de La Rioja.
¿Cuándo puedo solicitarlo / iniciarlo?
Durante 1 mes desde el día siguiente a la finalización del plazo de realización de actividades.
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Inicio plazo presentación solicitudes: 3 de junio de 2025
Fin de plazo de presentación: 3 de julio de 2025
¿Dónde puedo solicitarlo?
En la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Calahorra (24 horas todos los días del año, dentro del plazo), imprescindible cumplir los siguientes requisitos técnicos
¿Qué documentos necesito aportar?
A. Cuenta justificativa (Gastos e Ingresos). Incluirá, bajo responsabilidad del declarante:
a). Una relación numerada y detallada de las facturas/justificantes de todos los gastos abonados con motivo de la actividad subvencionada en la que se incluirán el nombre del proveedor, número y fecha de factura, concepto, importe y fecha de abono (Anexo V).
b). Facturas/justificantes escaneados de todos los gastos realizados que permitan acreditar el cumplimiento del objeto de la subvención en el mismo orden que la citada relación. Las facturas deberán ser originales o documentos de valor probatorio equivalente.
c). Justificantes de pago escaneados.
d). Cuando las actividades hayan sido financiadas, además de con la presente convocatoria, con fondos propios u otras subvenciones o recursos, deberá aportarse una relación numerada y detallada del importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas (Anexo II).
B. Memoria deportiva y de evaluación.
La memoria deportiva contemplará las actividades deportivas ya ejecutadas, y en particular un apartado referente al impacto económico y social de la actividad subvencionada, así como su evaluación.
C. Otra documentación.
Se aportará cualquier otra documentación relacionada con las actividades desarrolladas que sean consideradas de interés por la entidad solicitante y/o por el Ayuntamiento de Calahorra.
¿En qué plazo máximo debo recibir una notificación?
La notificación de la resolución de la concesión deberá realizarse en el plazo máximo de dos meses a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
¿Puedo recibir la notificación de forma electrónica?
Si. Previa y obligatoriamente deberá darse de alta en la sede electrónica en el procedimiento AY-SUB . Imprescindible cumplir los siguientes requisitos técnicos.
Si transcurre el plazo máximo y no he recibido notificación alguna ¿Debo entender aceptada o denegada mi petición? ¿En este caso puedo recurrir?
Desestimada
Si quiero tener información del estado de la tramitación de mi solicitud ¿qué debo hacer?
- Presencialmente, acudiendo a la oficina de atención ciudadano
- Telefónicamente llamando a la oficina de atención al ciudadano (OAC: 941 105 077)
¿Tengo que pagar?
No
Normativa aplicable
Bases reguladoras de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en materia de deportes.
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.