Registro electrónico
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Solicitud de Concesión

Solicitud de concesión de un Derecho Funerario para enterramiento

Finalidad

TRANSMISIÓN: Este procedimiento tiene como objeto la actualización de la titularidad de un Derecho Funerario para poder disponer del mismo de acuerdo con las características de la cesión con pleno derecho CONCESIÓN: Este servicio tiene como objeto la solicitud de concesión de un Derecho Funerario para enterramiento para cualquiera de las ubicaciones existentes: - Panteones: No hay concesiones nuevas desde el año 1983 - Nichos: Concesiones por un plazo de 15 años - Sepulturas en tierra: Concesiones por un plazo de 15 años - Nichos de Restos: Concesiones por un plazo de 50 años RENUNCIA: Este servicio tiene como objeto hacer efectiva la renuncia solicitada por la persona titular de una Concesión de Derecho Funerario antes del cumplimiento del plazo de la misma y la gestión por parte del Ayuntamiento de una nueva Concesión municipal

Quien lo puede presentar

DERECHO FUNERARIO: Uso o disfrute de fosa de enterramiento, nicho o nicho de restos. El derecho funerario se entiende otorgado en concesión a los particulares, solamente para dar en ellos sepultura a cadáveres o restos humanos de personas fallecidas en el Municipio o empadronadas en el municipio por un tiempo no inferior a 3 meses, sin que pueda dársele otro destino, reservándose el Ayuntamiento la titularidad de los mismos, por tratarse de bienes demaniales o de dominio público, bienes sometidos a un régimen especial de utilización y protección. El Derecho Funerario podrá registrarse únicamente a nombre de : A) Una persona individual o sus herederos/as. B) El cónyuge supérstite. C) Comunidades religiosas o establecimientos asistenciales y hospitalarios, reconocidos como tales por la Administración, para uso exclusivo de sus miembros y de sus asilados/as y acogidos/as. D) Corporaciones, Fundaciones o entidades legalmente constituidas, para uso exclusivo de sus miembros o empleados/as.

Presentación

Oficina de Información y Atención Ciudadana

Órgano gestor

La Alcaldía y, por delegación, El/La Concejal/a Delegado/a del Area

Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio

Normativa básica

Reglamento del Cementerio Municipal Ordenanza sobre tasas por prestación de servicios de cementerio municipal. Decreto 202/2004 Reglamento Sanidad Mortuoria de la Comunidad Autónoma

Documentación a aportar