¿Quién puede solicitarlo / iniciarlo?
Toda persona física o jurídica sujeto pasivo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza urbana.
La solicitud podrá realizarse a través de representante debidamente autorizado.
¿Cuándo puedo solicitarlo / iniciarlo?
Si lo solicita antes del 31 de marzo del ejercicio económico, surtirá efectos en ese mismo ejercicio.
Si lo solicita después del 31 de marzo del ejercicio económico, surtirá efectos en el ejercicio siguiente.
¿Dónde puedo solicitarlo?
- Presencialmente, acudiendo a la oficina de atención al ciudadano (Horario OAC).
- En la Sede electrónica del Ayuntamiento de Calahorra. Imprescindible cumplir los requisitos técnicos.
¿Qué documentos necesito aportar?
Solicitud.
- Copia de la libreta de ahorro o documento de la Entidad Financiera donde consten el titular y el IBAN (número de cuenta).
- Copia del último recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles referido a aquel por el que se solicita el sistema especial de pago.
- Si el último recibo fuera a nombre de otro titular deberá presentarse el documento que acredite el cambio de titularidad a nombre del nuevo solicitante.
En caso de actuar mediante representante, se debe aportar, además, copia del documento de identificación del representado y del representante (DNI/NIE/CIF) y cumplimentar el Modelo de Representación.
¿En qué plazo máximo debo recibir una notificación?
La solicitud se entenderá automáticamente concedida desde el mismo día de su presentación.
Si quiero tener información del estado de la tramitación de mi solicitud ¿qué debo hacer?
- Presencialmente, acudiendo a al oficina de atención al ciudadano (Horario OAC).
- Telefónicamente llamando a la oficina de atención al ciudadano (Información OAC).
¿Tengo que pagar?
La SOLICITUD del sistema especial en dos cuotas del IBI urbano no conlleva pago.
Normativa aplicable
Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.